Solicitudes de información deben analizarse caso por caso
Guadalupe Ramírez Peña, Comisionada del Infoem, detalló que para atender estas solicitudes, las y los servidores públicos deben contar con los conocimientos necesarios para discernir entre la información que debe hacerse pública, frente a la que contiene datos personales
Cada solicitud de acceso a la información pública es diferente, pues cada ciudadana y ciudadano tiene un interés distinto y requiere información específica; por ello, las solicitudes deben analizarse caso por caso. No es posible generar una sola respuesta para contestarlas todas, ni mucho menos, clasificar información de manera genérica, señaló Guadalupe Ramírez Peña, Comisionada del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).
Al impartir la capacitación en materia de “Obligaciones de Transparencia, Sistema de Información Pública de Oficio Mexiquense (Ipomex) y Prueba de Daño”, dirigida a personas servidoras públicas, adscritas al Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Chimalhuacán, la Comisionada indicó que es necesario que las y los funcionarios conozcan no sólo el marco normativo que rige sus funciones y atribuciones al interior del gobierno municipal; sino también las leyes en materia de transparencia, de protección de datos y de archivos, pues éstas también les imponen obligaciones, como parte de una institución pública.
En este sentido, detalló que para atender las solicitudes en materia de transparencia, las y los servidores públicos deben contar con los conocimientos necesarios para discernir entre la información que debe hacerse pública, frente a la que contiene datos personales, cuya naturaleza tiene que clasificarse, ya sea como reservada, es decir, de forma temporal; o de manera confidencial, aquella que se resguarda de manera permanente, como en el caso de los datos personales de carácter sensible.
“Por ejemplo, si en una solicitud les requieren los recibos de nómina, deben considerar que los datos personales como la Clave Única de Registro de Población, mejor conocida como CURP, son susceptibles de clasificarse”, añadió la Comisionada, quien subrayó que para clasificar información, es imprescindible que conozcan a detalle cómo se realiza una versión pública; además de cómo se elabora una prueba de daño, que será el documento mediante el cual explicarán a la o el solicitante, las razones justificadas de manera fundada y motivada, de por qué no es posible entregar dichos datos, lo cual debe quedar plasmado en el acuerdo de clasificación correspondiente a cada solicitud.
Asimismo, destacó que estas versiones públicas deben ser aprobadas por el Comité de Transparencia de cada sujeto obligado; por lo que capacitaciones como esta, son de suma importancia para brindar a las y los servidores públicos, mayores conocimientos sobre estos conceptos; además de presentar ejemplos prácticos, a fin de que puedan garantizar, con oportunidad, los derechos humanos de acceso a la información pública y de protección de datos personales, a la sociedad.
Finalmente, Ramírez Peña expresó que el tema de archivos es esencial para poder responder de manera oportuna y eficiente a las solicitudes realizadas por la población; ya que cuando una institución cuenta con una correcta gestión documental, es mucho más fácil encontrar y entregar los documentos requeridos por las y los solicitantes.
Cabe destacar que en esta capacitación participó también Maricela López Pacheco, Subdirectora General del DIF de Chimalhuacán, quien invitó a las y los asistentes a aclarar dudas y aprovechar este tipo de ejercicios; ya que transparentar, transforma positivamente a las administraciones gubernamentales.