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Metepec, Estado de México, a 23 de noviembre de 2023

El Infoem realizó su 42ª Sesión Ordinaria del Pleno, en las instalaciones de la Casa de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) "Ministro José María Lozano", con sede en Toluca

Desde mi punto de vista, se debió ordenar el acuerdo de inexistencia respecto del documento donde conste el último grado de estudios del presidente municipal, síndico y regidores y no se debió confirmar la respuesta del sujeto obligado, con el argumento de que no es indispensable dicho documento para ocupar cargos de elección popular. Aunque existe una diferencia de opinión entre quienes integramos el Pleno de este instituto, el currículum vitae es un elemento que integra el expediente laboral, que incluso forma parte de las obligaciones comunes descritas en la Ley de transparencia estatal, señaló José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).

Durante la 42ª Sesión Ordinaria del Pleno del Infoem, desarrollada en la Casa de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) "Ministro José María Lozano", con sede en Toluca; las y los Comisionados coincidieron en la importancia de continuar con la realización de sesiones públicas itinerantes, que tienen como finalidad salir de las oficinas y acercar los derechos tutelados a un mayor número de población.

En esta Sesión, la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala coincidió en que debió ordenarse el acuerdo de inexistencia respecto del documento donde conste el último grado de estudios del presidente municipal, síndico y regidores; y no se debió confirmar la respuesta del sujeto obligado, cuando señaló que no era indispensable el título profesional o acreditar un grado máximo de estudios, por tratarse de un puesto de elección popular; ya que su entrega es necesaria para integrar su expediente, en su calidad de servidores públicos, información que además resulta de interés público para la población, pues transparenta su trayectoria y fortalece la rendición de cuentas.

Por otra parte, la Comisionada Sharon Morales Martínez emitió un voto disidente, pues dijo no compartir la entrega del documento donde conste la separación del cargo de la presidenta del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de Toluca; toda vez que el sujeto obligado señaló no contar con la información. Explicó que la presidenta ostentó un cargo honorífico y por tanto, el DIF municipal no está obligado a generar, administrar o poseer la información solicitada. En otro recurso, emitió también voto disidente, al no compartir la entrega del título profesional de la titular de la unidad de transparencia toda vez que el ayuntamiento remitió la documentación correspondiente y el Infoem no debe dudar de la veracidad de la información proporcionada, sin que exista un sustento legal.

En su participación, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega emitió un voto particular al no compartir la reserva de nombres de servidores públicos, absueltos de responsabilidad administrativa, tras considerar que la entrega de la información no afecta a su honor y por el contrario, transparenta el resultado de las investigaciones. En otro sentido, emitió voto particular al no estar de acuerdo en la reserva de la firma de los servidores públicos, que obra en los documentos que acreditan su nivel de estudios. La firma debe ser pública, dijo, pues tiene el objetivo de acreditar la preparación académica que tiene su titular.

Al hacer uso de la voz, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña emitió un voto disidente, pues se advierte que la titular de la unidad de transparencia, en ejercicio de sus funciones y en cumplimiento a la ley de la materia, turnó los requerimientos a los servidores públicos habilitados competentes para generar, administrar o poseer la información requerida: los reconocimientos otorgados al mérito municipal y a la juventud, de los últimos cinco años. Éstos manifestaron que en los archivos de sus unidades administrativas no obra la información, puesto que se entregaron a los participantes y no se advierte fuente obligacional para contar con copia o acuse de los mismos, por lo que debió confirmarse la respuesta inicial.

Cabe destacar que el Pleno del Infoem agradeció a Rubén Morales Alcántara, Director de esta Casa de la Cultura Jurídica, por las facilidades brindadas para el desarrollo de esta sesión, en la cual se aprobó la imposición de 59 medidas de apremio: 28 apercibimientos; 30 amonestaciones públicas; y 1 multa al titular de la unidad de transparencia del Sistema Municipal DIF de Tultepec.

 

Sitios de interés

Sistema de Información Pública de Oficio Mexiquense que permite a los sujetos obligados publicar la información correspondiente a sus obligaciones de transparencia comunes y específicas, así como cualquier otra información que considere conveniente difundir en materia de transparencia y acceso a la información. Ver más

saimex sistema de acceso a la información pública mexiquense

Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (Saimex) a través del cual se formulan las solicitudes de información pública y se interponen los recursos de revisión. De esta manera, tras registrar una cuenta en este sistema electrónico y realizar una solicitud de información, es posible dar seguimiento a la presentación, respuesta, inconformidad y resolución de la misma.

Para ingresar a Saimex, debe ingresar a la página electrónica www.saimex.org.mx o dar clic en el enlace correspondiente disponible en todas las páginas electrónicas de los sujetos obligados.

sarcoem, sistema de acceso, rectificación, corrección, oposición y portabilidad de datos personales

Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición del Estado de México (SARCOEM) por medio del cual se pueden formular solicitudes de derechos ARCO y recursos de revisión. De esta manera, tras abrir una cuenta en esta plataforma, es posible dar seguimiento a tu solicitud desde la presentación hasta la resolución.

Para acceder a SARCOEM, necesitas ingresar a www.sarcoem.org.mx o dar clic en el enlace correspondiente, disponible en todas las páginas electrónicas de los sujetos obligados.

Acto mediante el cual, cualquier persona hace del conocimiento del Instituto la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en los artículos 92, 93, 94, 95, 96, 97,98, 99, 100, 101, 102 y 103 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y demás disposiciones jurídicas aplicables, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Para presentar una denuncia puede hacerlo a través del Sistema de Registro de Denuncias de este Instituto o Plataforma Nacional de Transparencia. Ver más

En términos del 150 fracción II de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios, así como el numeral Noveno, fracción II de los Lineamientos para Implementar los Procedimientos de Investigación y Verificación, así como la práctica de Auditorías Voluntarias a los Responsables de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios.

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