Reserva de la información pública es una excepción, no la regla
José Guadalupe Luna Hernández, Comisionado del Infoem, participó en el Diplomado en Argumentación Jurídica y Clasificación de Información, que convocó el Itei
Por su naturaleza, los documentos generados durante el desempeño cotidiano de las autoridades tienen carácter público, por lo que deben darse a conocer a la ciudadanía sin obstáculo alguno. Si bien existen algunas ocasiones en las cuales la información puede reservarse; sobre todo, si contiene datos personales, estos casos representan una excepción, no la regla, aseguró José Guadalupe Luna Hernández, Comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).
El también Coordinador de la Comisión de Archivos y Gestión Documental del Sistema Nacional de Transparencia (SNT) participó como ponente en el Diplomado en Argumentación Jurídica y Clasificación de Información, llevado a cabo por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (Itei). En su intervención, puntualizó que todo procedimiento de reserva de información realizado por alguna institución debe contar con razones y justificaciones válidas, de acuerdo con las disposiciones de la ley.
Quien formula una solicitud de acceso a la información tiene derecho a recibir una respuesta acorde con su requerimiento. Si ésta implica reservar total o parcialmente esa documentación, el sujeto obligado debe enviarle el acta aprobada por el Comité de Transparencia, que contenga la fundamentación y motivación de esta decisión, a fin de dejar perfectamente claro que la reserva no es arbitraria.
El Comisionado Luna Hernández también explicó a los alumnos del diplomado las características de la prueba de daño, que es un procedimiento esencial para reservar la información de manera adecuada, ya que en él se ponderan los argumentos para determinar qué derecho predomina, en los casos en los que el acceso a la información pública y la protección de los datos personales chocan y generan interpretaciones en dos sentidos diferentes.