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Metepec, Estado de México 16 de agosto de 2023

Este organismo autónomo ordenó dar vista a la Secretaría Técnica, ante la entrega de datos personales de quienes ejercen funciones de seguridad pública en el municipio de Capulhuac

Estoy a favor de dar vista a la Secretaría Técnica, para que inicie el procedimiento, sobre la probable responsabilidad del Ayuntamiento de Capulhuac, derivada del incumplimiento de las obligaciones previstas en materia de transparencia; pues estamos obligados porque nos dimos cuenta de que se cometió una falta, aún cuando el recurrente haya desistido de su petición, señaló José Martínez Vilchis, Comisionado Presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem).

Durante la 29ª Sesión Ordinaria del Pleno de este instituto se aprobó, por mayoría de votos, dar vista a la Secretaría Técnica del Infoem, a fin de que inicie el procedimiento correspondiente; toda vez que un particular solicitó al ayuntamiento la entrega de todos los gafetes del personal que ha laborado desde el año 2016 a la fecha. La autoridad municipal entregó imágenes de las credenciales, en su versión pública, incluidos los del personal adscrito al área de seguridad pública municipal, donde se hacen visibles sus nombres completos, su cargo y área de adscripción.

Ante esta respuesta, el particular interpuso recurso de revisión y aunque el sujeto obligado ratificó su respuesta inicial, el particular decidió desistir de este recurso, ante lo cual, el Infoem no está obligado a realizar un análisis de fondo de la información, pues el recurso de revisión debe sobreseerse; es decir que ya no hay materia que analizar, puesto que la persona decidió no continuar con su proceso de impugnación.

Al respecto, la Comisionada María del Rosario Mejía Ayala, ponente de este caso, expuso que el Infoem no es un órgano jurisdiccional sino un protector de derechos humanos. Ante este desistimiento, dijo, no se regresa al estado inicial de un derecho, puesto que el sujeto obligado entregó información que por su naturaleza debió clasificarse como reservada, pues dio a conocer datos que hacen identificable al personal de seguridad, ante posibles grupos delictivos. Por lo que “debemos ir más allá, debemos ir a la reparación del daño y que no se vuelva a repetir. Que los sujetos obligados entiendan que debemos llevar a la par los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, pues como órgano protector no podemos dejarlo así”, argumentó.

Al coincidir con esta vista, la Comisionada Sharon Morales Martínez reiteró que ha sido su criterio cumplir con lo dicho por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el sentido de reservar los nombres y cargos del personal operativo de seguridad pública, a fin de salvaguardar sus funciones, integridad física y su vida. Y aunque el particular desistió de su queja, la divulgación de la información entregada por el ayuntamiento puede generar un daño que no debe ignorarse.

Sobre este caso, la Comisionada Guadalupe Ramírez Peña emitió un voto disidente e indicó que en el momento en que el particular abandonó la instancia del recurso de revisión, la misma SCJN señala que la secuela del desistimiento es la anulación de todos los actos procesales verificados y su consecuencia. Lo que debe entenderse que ante no haber reclamo, no puede ser procedente analizar los documentos presentados, pues si bien es cierto que se tutelan dos derechos, no es posible ir contra la propia ley, pues debe haber congruencia.

Al emitir también un voto disidente, el Comisionado Luis Gustavo Parra Noriega añadió que no comparte dar vista a la Secretaría Técnica, pues es contrario al efecto del desistimiento, que constituye la renuncia del derecho. Tras ejemplificar con algunos casos de la SCJN, precedentes en materia de amparo, consideró que al haberse abandonado el derecho, la Ponencia Resolutora del Infoem, ante la posible violación a la protección de datos personales, pudo dar cuenta al área competente, de forma separada, pero no por la vía de la resolución.

Cabe destacar que en esta sesión, el Pleno aprobó también la imposición de 115 medidas de apremio; 85 de ellas fueron apercibimientos; 28 amonestaciones públicas a diversos servidores públicos de sujetos obligados; y 2 multas a titulares de las unidades de transparencia de los ayuntamientos de Atizapán y de Tepetlixpa.

Sitios de interés

ipomex, información publica mexiquense

Sistema de Información Pública de Oficio Mexiquense que permite a los sujetos obligados publicar la información correspondiente a sus obligaciones de transparencia comunes y específicas, así como cualquier otra información que considere conveniente difundir en materia de transparencia y acceso a la información. Ver más

saimex sistema de acceso a la información pública mexiquense

Sistema de Acceso a la Información Mexiquense (Saimex) a través del cual se formulan las solicitudes de información pública y se interponen los recursos de revisión. De esta manera, tras registrar una cuenta en este sistema electrónico y realizar una solicitud de información, es posible dar seguimiento a la presentación, respuesta, inconformidad y resolución de la misma.

Para ingresar a Saimex, debe ingresar a la página electrónica www.saimex.org.mx o dar clic en el enlace correspondiente disponible en todas las páginas electrónicas de los sujetos obligados.

sarcoem, sistema de acceso, rectificación, corrección, oposición y portabilidad de datos personales

Sistema de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición del Estado de México (SARCOEM) por medio del cual se pueden formular solicitudes de derechos ARCO y recursos de revisión. De esta manera, tras abrir una cuenta en esta plataforma, es posible dar seguimiento a tu solicitud desde la presentación hasta la resolución.

Para acceder a SARCOEM, necesitas ingresar a www.sarcoem.org.mx o dar clic en el enlace correspondiente, disponible en todas las páginas electrónicas de los sujetos obligados.

Acto mediante el cual, cualquier persona hace del conocimiento del Instituto la falta de publicación de las obligaciones de transparencia previstas en los artículos 92, 93, 94, 95, 96, 97,98, 99, 100, 101, 102 y 103 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios y demás disposiciones jurídicas aplicables, en sus respectivos ámbitos de competencia.

Para presentar una denuncia puede hacerlo a través del Sistema de Registro de Denuncias de este Instituto o Plataforma Nacional de Transparencia. Ver más

El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, es una instancia de coordinación y deliberación, que tiene como objetivo la organización de los esfuerzos de cooperación, colaboración, promoción, difusión y articulación permanente en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, de conformidad con lo señalado en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normatividad aplicable.

El Sistema Nacional es el espacio para construir una política pública integral, ordenada y articulada con una visión nacional, con objeto de garantizar el efectivo ejercicio y respeto de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, promoviendo y fomentando una educación y cultura cívica de estos dos derechos en todo el territorio nacional. Ver más

comité de testigos sociales Estado de México

Es un mecanismo de participación ciudadana, por medio del cual se involucra a la sociedad civil en los procedimientos de contratación pública relevantes; procedimientos en los que por su complejidad, impacto o monto de recursos requieren una atención especial para minimizar riesgos de opacidad y corrupción. Ver más

Plataforma a través del cual se realiza la actualización del directorio de servidores públicos responsables en materia de transparencia, cédulas de bases de datos personales y seguimiento de proyectos del Programa Anual de Sistematización y actualización de la información. Ver más

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